miércoles, 8 de abril de 2020

El convenio 132 de la OIT y Bolivia




Jorge Roberto Marquez Meruvia*

Desde el golpe de Estado realizado al Dr. Víctor Paz Estenssoro por el Gral. René Barrientos Ortuño, Bolivia se encontraba en la incertidumbre política. Los militares habían tomado el poder y no lo iban a soltar hasta el 10 de octubre de 1982. En 1970 ejercieron la primera magistratura del país los generales Alfredo Ovando Candía y Juan José Torres Gonzales. Por otra parte el mismo año la Organización Internacional del Trabajo elaboraba el “Convenio 132” que trata y conceptualiza las vacaciones. Siguiendo con los datos históricos, Bolivia es parte de la OIT desde 1919.

La reciente crisis sanitaria no solamente nos ha tomado por sorpresa, sino también, al mundo. El no estar preparados ante la pandemia a nivel global trae a la humanidad distintos desafíos, uno de ellos, qué hacer con los trabajadores. La cuarentena, que es una medida tomada por diversos países alrededor del globo trae consigo consecuencias como la de parar la industria y muchas fuentes de empleo. Parafraseando a Lenin la pregunta que deberíamos hacernos es “¿Qué hacer?”. Obviamente, la respuesta no tiene como base la fe marxista, sino los recursos que tenemos a mano.

La legislación boliviana no conceptualiza las vacaciones, la “Ley General del Trabajo” nos menciona los días de descanso que dependen del periodo trabajado en años, así lo menciona el artículo 44. En el reglamento su artículo 33 nos dice: “La vacación anual no será compensable en dinero, salvo acuerdo mutuo por escrito, y será ejercitada conforme al rol de turnos que formule el patrono.” No es secreto para nadie que en uso de la viveza criolla que nos caracteriza, muchas empresas toman el periodo de cuarentena que estamos viviendo como vacaciones para sus empleados, la legislación al respecto lo permite, ya que las vacaciones pueden ser programadas por el empleador.

Lo anteriormente mencionado parece no haber llamado la atención del ente mayor de los trabajadores, la Central Obrera Boliviana, que no tiene ningún pronunciamiento al respecto en estos últimos 50 años. Sin embargo, la crisis sanitaria que estamos viviendo nos obliga a tomar medidas en pro de los trabajadores. La solución es muy simple Bolivia debe ratificar el convenio 132 de la OIT, que en su artículo 10 dice: “La época en que se tomarán las vacaciones, siempre que no se fije por reglamentos, contratos colectivos, laudos arbitrales o de otra manera compatible con la práctica nacional, se determinará por el empleador, previa consulta con la persona empleada interesada o con sus representantes.” El convenio 132 no solamente conceptualiza lo que son las vacaciones, sino que nos menciona que serán un acuerdo entre partes.

Es importante que ratifiquemos el convenio de la OIT debido a que no será la única cuarentena que viviremos en el país. El invierno se acerca y también las gripes, refriados y el COVID-19 estará presente. Los trabajadores son la parte más importante del desarrollo del país, merecen ser protegidos por la normativa. La claridad en las reglas del juego va a ser beneficiosa para todos. Cabe mencionar también que más allá de proteger al trabajador, es necesario modificar nuestro régimen impositivo, debido a que todos los bolivianos vivimos en un infierno fiscal que no incentiva a la inversión y que expulsa a muchos connacionales al mercado informal. Ante la crisis sanitaria que vivimos, espero que estos párrafos sean un pequeño aporte ante la crisis sanitaria que estamos viviendo desde el derecho y la ciencia política.

Agradezco a mi amigo y abogado, Ernesto Machicao Argiró con quien estuvimos meditando sobre este problema y las consecuencias prácticas que trae consigo. Asimismo, debemos recordar que todas las acciones gubernamentales tienen consecuencias en la vida diaria.
   




* Politólogo

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