jueves, 11 de febrero de 2016

Apuntes sobre el pluralismo



Jorge Roberto Marquez Meruvia[1]

Dentro del pensamiento político el pluralismo propone una sociedad compuesta por muchos centros o, grupos de poder. Estos grupos se encuentran en confrontación constante. Aun encontrándose estos centros de poder en conflicto permanente se les ha asignado a estos como función primordial el de limitar el poder, controlar, contrastar e incluso tener la capacidad de eliminar al centro de poder dominante. El pluralismo se ha opuesto y sigue oponiéndose hacia la tendencia de concentración y unificación del poder que es propia del Estado moderno.

El pluralismo al ser el remedio al superpoder estatal llega a distinguirse de la teoría de la separación de poderes, que propone una división del poder estatal no en sentido horizontal sino en sentido vertical; de la teoría del liberalismo clásico que propone limitar la omnipotencia del estado sustrayendo a su influencia algunas esferas de actividad (religiosa, económica, social en general), en las que los individuos puedan desarrollar libremente su personalidad; de la teoría democrática que ve el remedio en la participación más amplia posible de los ciudadanos en las decisiones colectivas. Se distingue de éstas pero no se contrapone: las propuestas de las doctrinas pluralistas son perfectamente compatibles tanto con las propuestas de la doctrina constitucionalista (ya que la división horizontal del poder no impide sino que integra la división vertical) como con las de la doctrina liberal (porque la limitación de la injerencia del poder estatal constituye por sí misma una condición para el crecimiento y el desarrollo de grupos de poder diferentes del estado), o como con las de la doctrina democrática (porque la multiplicación de las asociaciones libres puede constituir un estímulo y contribuir a la ampliación de la participación política).

La teoría pluralista tiene un enemigo en común: el Estado como único centro de poder; de éste el pluralismo ataca la tendencia a la concentración; del constitucionalismo, la indivisibilidad; del liberalismo, la absolutividad; de la democracia la concepción hacia abajo y no hacia arriba del poder. Como mencionaría Kung Chuan Hsiao: “El Estado pluralista es simplemente un Estado en el cual no existe una fuente de autoridad única que es omnicompetente y omnicomprensiva, es decir la soberanía; no existe un sistema unificado de derecho ni un órgano central de administración, ni una voluntad política general. Por el contrario, hay una multiplicidad en su esencia y en sus manifestaciones; es divisible en partes y debe ser dividido”.

Lo que distingue al pluralismo de las otras teorías antiestatales es que está dirigido polémicamente inclusive contra toda forma de concepción individualista de la sociedad y del estado, es decir contra toda concepción que contrapone el individuo particular al estado, ya que considera al estatalismo y al  individualismo como dos caras de la misma medalla, es decir como dos concepciones que, si bien desde dos puntos de vista diferentes, tienden a marginar e incluso a eliminar las formaciones sociales que ocupan el espacio intermedio entre los dos polos extremos del individuo y del Estado.

La batalla que el pluralismo combate es siempre sobre dos frentes: contra la concentración de todo el poder en el Estado pero también contra la atomización, en nombre de una concepción de la sociedad articulada en grupos de poder que estén al mismo tiempo bajo el Estado y sobre los individuos, y en cuanto tales constituyan una garantía del individuo contra el superpoder del Estado, por un lado, y una garantía del Estado contra la fragmentación individualista, por el otro.



[1] Politólogo

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